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ISBN: 978-84-9879-807-4
168 páginas
1ª edición
Fecha de publicación: octubre 2019
Encuadernado en Rústica
Dimensiones: 145 x 230 mm, peso 240 g
Hay coincidencia en afirmar que se asiste, desde hace años, a una crisis del paradigma moderno de soberanía y, asociada a ella, del Estado constitucional. Las Constituciones nacionales se han convertido en chatarra jurídica con cada vez menos eficacia. Ello obliga a los constitucionalistas críticos a abordar la cuestión de la redefinición del constitucionalismo: ¿cómo reconstruir una Constitución adecuada para las sociedades de la segunda mitad del siglo XXI y capaz de garantizar derechos y dignidad a las clases populares?
El presente libro aborda esta cuestión partiendo de lo que llama la «contradicción de la soberanía» y analiza cómo, en el actual escenario de crisis del Estado constitucional, se produce una lucha entre tres nuevos proyectos político-constitucionales de organización del poder y la sociedad que compiten para convertirse en el nuevo paradigma hegemónico de las próximas décadas. Se trata de lo que el autor denomina los proyectos del hiperconstitucionalismo, caracterizado por llevar a cabo un fortalecimiento de la ideología de la soberanía; el del posconstitucionalismo, caracterizado por la abolición de la ideología de la soberanía, y el del alterconstitucionalismo, caracterizado por una redefinición de la misma.
Solo en el caso de que los sectores populares y movimientos sociales sean capaces de imponer el tercero de los proyectos político-constitucionales citados, podrá reconstruirse un nuevo constitucionalismo emancipador al servicio de las mayorías sociales. De lo contrario, vienen tiempos funestos.
Reseñas y críticas:
- Entrevista en Cuarto poder: “El capitalismo nos ha robado la soberanía sobre el tiempo y el espacio”
- «El autor aborda de una manera profunda y brillante las transformaciones por las que están atravesando nuestros Estados y sociedades durante las primeras décadas del siglo XXI y lanza propuestas para generar igualdad social y nuevas prácticas de garantía de los derechos en el marco de las sociedades que vienen». (Diario 16, 1 de noviembre de 2019)